Régimen de generación distribuida (Ley 27.424). Cinco pasos de gestión, no de obra. Sin el trámite, lo que se inyecta se regala.
La potencia instalada no puede superar la contratada. Verificalo antes de cotizar, no después.
Antes de seguir: Si la contratada es menor, primero se pide la ampliación. Eso puede tardar más que la obra.
Pará y llamá: si el titular falleció o el servicio tiene deuda.
Guía de muestra. Los requisitos exactos los fija cada distribuidora; confirmarlos en cada obra.
¿Todavía no tenés cuenta? Sumarme.
Los administradores de Bruno ingresan por el panel interno.